´DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITEN los recursos de apelación interpuestos: el primero por la Abg. Yusmara Soto, en su carácter de Defensora Pública primera (1°) Penal Ordinario en fase de Proceso del estado La Guaira, actuando en representación en su oportunidad legal del ciudadano Moisés Antonio Duran Echavarría, titular de la cédula de identidad N° V.-22.441.463 y el segundo por la Abg. Dayana Reyes Arza, en su carácter de Defensoras Privada de las ciudadanas Damelys del Valle Rivero Gil, titular de la cédula de identidad N°. V.-24.205.457 y Norelis Coromo.....