El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro CON LUGAR La cuestión previa prevista en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil opuesta por el abogado MIGUEL GERARDO BECERRA CHACÓN, con Inpreabogado No.38.644, en condición de apoderado judicial de la ciudadana LIDYS MARÍA LEÓN DE CAICEDO, parte demandada en el presente juicio