DECISIÓN
A la luz de los razonamientos que anteceden, esta Corte de Apelaciones en Sala Accidental del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: sin lugar, el recurso de apelación signados con el N° 1-As-SP21-R-2022-000182, interpuesto por el Abogado Oscar Alfredo Ríos Santos, actuando con su carácter de co-defensor privado del ciudadano Nelson José Sepúlveda Lázaro.
SEGUNDO: confirma la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de noviembre del año 2022 por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, decide negar la solicitud de decaimiento de medida de coerción personal y, como efecto de ello, mantiene en todo su rigor y con todos sus efectos jurídicos la medida de privación judicial preventiva de libertad, contra los imputados de autos.
Publíquese, regístrese, notifíquese, .....