La inmediata libertad del imputado Entidad Omitida, titular de la cédula Nº17.693.228, residenciado en Sector las Sequias, Barrio Germán Rodriguez, casa N° 32, Atimano en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, contenidas en los literales C, B, E y F del artículo 582 Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente SEGUNDO: El procedimiento a aplicar es el Ordinario,de confomidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes.