DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional que interpone el ciudadano ADAN VIVAS RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.862.848, asistido del abogad o NICK PABUENCE VARGAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 316.397, contra el auto de fecha 20 de junio del 2.024 proferido por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA materializado en la figura procesal del auto para mejor proveer conforme a lo indicado en el artículo 514 numeral 4º del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No.....