Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados IVONNE VARGAS y REINALDO GUIROLA, en su carácter de defensores de los acusados CARLOS ALBERTO GARCIA LOPEZ y LUIS ALEJANDRO ARTEAGA, en contra del pronunciamiento dictado por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal de fecha 26 de Agosto de 2004, mediante el cual NEGO la solicitud de Nulidad Absoluta de las actuaciones, ello de conformidad con lo establecido en el literal ¿c¿ del artículo 437, en relación con los artículos 447 ordinal 7° y 196, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados IVONNE VARGAS y REINALDO GUIROLA, en su carácter de defensores de los acusados CARLOS ALBERTO GARCIA LOPEZ y LUIS ALEJANDRO ARTEAGA, en contra del pronunciamiento emitido por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal de fecha 26 de Agosto de 2004, en el que NEGO por extemporáneas la oposiciones realizadas a la admisión d.....