declarar SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida Privativa de Libertad interpuesta por la defensa del imputado JOSE VENANCIO HERNANDEZ ROJAS, todo de conformidad con el tercer parte del articulo 250, los ordinales 2° y 3° del articulo 251 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con la sentencia con carácter vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 12 de Septiembre del año 2.001, según expediente Nº 01-1016.