Este Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, por estar satisfechos los extremos del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena expedir Orden de Aprehensión en contra del ciudadano ANDERSON JOSÉ LARA BELLO, portador de la cédula de identidad No. V-23.565.602, de nacionalidad venezolana, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE AUTORIA, tipificado en el artículo 406 ord. 01 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos quienes en vida respondieran al nombre de GABRIEL ANTONIO ALVAREZ ALEMÁN Y ULISES ALVAREZ. TERCERO: Una vez aprehendido por cualquier autoridad, deberá notificar de dicha aprehensión a la Fiscalía Primera del Ministerio Público.....