ABSUELVE al ciudadano al ciudadano ADAN RAFAEL AÑEZ, titular de la cédula de identidad No. 11.259.077, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, en perjuicio de la colectividad, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 8, 13, 16 22 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano ADAN RAFAEL AÑEZ, titular de la cédula de identidad No. 11.259.077, de conformidad con el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Igualmente, habiéndose practicado el Dictamen Pericial Químico a la sustancia incautada en el presente caso, este Juzgado acuerda la destrucción de la misma, para lo cual deberá seguirse el procedimiento establecido en la Sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. .....