Se declara CON LUGAR, la solicitud de la defensa en cuanto la revisión y sustitución la sanción impuesta de privativa de libertad, y se acuerda someter al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.838.455; al cuidado y vigilancia de su representante legal a los fines de que sea recluido en el centro de rehabilitación "ALÍ PRIMERA" de conformidad con lo establecido en el artículo 630 literal D, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.