Se declara CON LUGAR, la solicitud de la defensa en cuanto la revisión y sustitución la sanción  impuesta  de privativa de libertad, y se acuerda someter al  adolescente: IDENTIDAD OMITIDA,  Titular  de la  cédula  de identidad  Nro.  V- 20.838.455;  al cuidado y vigilancia de su representante legal  a los fines de que sea recluido en el centro de rehabilitación "ALÍ PRIMERA" de conformidad con lo establecido en el artículo 630 literal  D, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.