declara extinguida las sanciones de Libertad Asistida, Imposición de Reglas de Conducta, impuestas al joven IDENTIDAD OMITIDA, mediante sentencia dictada en fecha 30 de Septiembre del 2008, por el Tribunal Primero en Función de Ejecución de esta Sección de Responsabilidad Penal, en virtud de haberlo declarado penalmente responsable por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el artículo 455 en concordancia con el 83 del Código Penal.