SE DECLARÓ TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos ISMAIR YESENIA LOMBARDO MEJIAS y WUTTMAN RAFAEL GARCIA ROSILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-14.444.592 y V-15.278.655, respectivamente, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM- CEB-258-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero