DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud interpuesta por la abogada TIBISAY VERA, Defensora Pública Penal Décima quien asiste al ciudadano RICHARD ALEXANDER PALACIO VARGAS, imputado en la presente causa en el sentido que sean revisadas las medidas impuestas acordando reconsiderar el régimen de coerción personal impuesto, fijando en SETENTA (70) UNIDADES TRIBUTARIAS el ingreso mensual que deberán devengar los fiadores que presenten, en atención al contenido del artículo 263 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese a la defensa y al Ministerio Público.
EL JUEZ,
VÍCTOR A. Y.....