PRIMERO: La inmediata libertad del imputado--------------, titular de la cédula Nº residenciado en Sector Los Olivos, parte alta, casa s/n°, Barrio Ezequiel Zamora, en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad y Sobreseimiento Provisional, contenidas en el artículo 582 literales B, C, D y F de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: El procedimiento a aplicar es el Procedimiento Ordinario. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio. Cúmplase.