CONDENA a los ciudadanos Adolescentes Ronald Harry Ramírez, a cumplir la Sanción de tres (3) años y cuatro meses de PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad a lo establecido en el literal "f" del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, y 628 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En cuanto a las Adolescentes Marisol Carolina Castellanos y Nidia Axtrid Santos, este Tribunal Impone el cumplimiento de las sanciones establecidas en los literales "b" "c" y "d" del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales consisten en: Reglas de Conducta, Prestación de servicio a la comunidad donde el Tribunal de Ejecución lo determine, por el tiempo de seis (6) meses, presentarse por ante la unidad de atención ambulatoria del adolescente no Privado de su Libertad dos ve.....