En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, por el hecho ocurrido el día 21-06-2.005, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en la presente acta y en la que figuran como imputado el adolescente (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna), a quien la Fiscalía le imputa la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente Venezolano, en perjuicio de la ciudadana ROJAS QUENZA BETTY NEYDA.
SEGUNDO: ORDENA la continuación de la causa, por la vía del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de confor.....