Este Tribunal Sexto de Sustanciación Mediación y Ejecución visto el acuerdo al cual llegaron las partes Homologa el mismo en los términos planteados y se otorga efecto de cosa juzgada, por lo cual se ordena el cierre y archivo del expediente transcurrido cinco días contados a partir del referido pago, ello a los fines de que los trabajadores hagan efectivo el cheque que ha tal efecto se le otorguen. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se hace entrega de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.