Ahora bien, por cuanto de la revisión de las actas procesales se evidencia que la demandante, ciudadana MARISOL MORA DE CANTOR contrajo matrimonio con el ciudadano MILTÓN ANTONIO CANTOR RAMÍREZ, parte demandada, según consta de Acta de Matrimonio N° 13, de fecha 11 de noviembre de 1988 que en copia certificada corre inserta al expediente, emitida por el Concejo Municipal del Municipio Bolívar con fecha 22 de febrero de 2013; así mismo se evidencia que con fecha 12 de marzo de 2015, el ciudadano MILTÓN ANTONIO CANTOR RAMÍREZ, fue declarado en AUSENCIA DEFINITIVA, según consta en Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, inscrita en el Registro Público del Municipio Bolívar del estado Táchira, en fecha 22 de julio de 2016, bajo el número 20, folio 72, Tomo 7, Protocolo de Transcripción; igualmente se evidencia que en el libelo la parte demandante solo pretende lo que según el artí.....