III
DECISIÓN
Por las razones antes expuesta, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa introducida por el ciudadano ELIO DI ROCCO DI BASILIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°V-6.465.423. Contra los ciudadanos ALEXIS JAVIER DE SOUSA MOLINA y JAVIER ALEXIS SOUSA NORIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N°V-13.043.655.y V-24.802.412; respectivamente. y en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la misma por ante un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en consecuencia, se ordena remitir el presente asunto mediante oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial, a fi.....