´éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano ALFREDO ANTONIO CASTRO ALFONZO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°. V-6.488.270, sobre las bienhechurías descritas en su solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-OMT-633-2023, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.´