PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante mediante diligencia de fecha 13 de julio de 2005.
SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 08 de julio de 2005. En consecuencia, ordena a dicho Tribunal admitir la demanda interpuesta por el abogado Jorge Eliézer Leal Rangel, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos Rafael Pastrán Carvajal, José Orlando Carvajal, Ramiro Cáceres Mora, Fernando Cárdenas Arellano, Alejandro Rodríguez, Esteban Rodríguez, Juan Crisóstomo Ramírez Carrillo, Luis Jacinto Pernía Sánchez, Luis Eduardo Gómez Zambrano, Luis Antonio Romero Delgado, José de los Santos Pereira Romero, José Olinto Méndez Ruiz, Jorge Armando Mogollón Álvarez, Leonardo José Arenas Sandoval, Germán Abel Estupiñán, Carlos Alfonso Agelviz Colmenares, Laureano Barón Quintero, Sergio Alberto Escalante.....