, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y del criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 446-2014 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos RAUL DAVID RODRIGUEZ y ZULAY MARGARITA IRIARTE PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.466.753 y V-6.867.172, respectivamente, contraído en fecha 06 de agosto de 1984, la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del estado Vargas. ASI SE ESTABLECE.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisió.....