En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta en el presente asunto por la Fiscalía Décima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y en consecuencia OTORGA PRÓRROGA DE 15 DIAS, contados a partir del día contados a partir del día 27-03-2011, debiendo la Representación Fiscal presentar el acto conclusivo a mas tardar el día 11-04-2011. Todo de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.