En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA al ciudadano penado ADRIAN MIGUEL CASTELLANO LEIVA, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 21/01/1987, titular de la cédula de Identidad Nro. V.-19.765.777, residenciado en la Segunda Etapa, bloque Raúl Leoni, piso 12, apartamento 12, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y VEINTITRES (23) DIAS CON 12 HORAS.