Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanos RAMÓN MANUEL RUIZ RUIZ y JOSE CLAUDIO PASTRAN LARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 3.996.468 y V- 9.246.917, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidas. Y visto el escrito presentado por el Ciudadano: MANUEL ALFREDO GUARDIA USECHE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Número Nº V- 3.070.418, asistido por el abogado en ejercicio HENRY FLORES ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.793.652, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.553, en el cual expone que el día 03 de Abril del 2.014, falleció quien fuera su hermana la Ciudadana: ANA DE JESUS GUARDIA USECHE, quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.523.175, según certificación expedida por la Dra. ELDA LUCIA POLEO.....