DISPOSITIVA.
En base a los anteriores razonamientos, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECLARA INOFICIOSO LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el ciudadano BILLY CHIRINOS HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 203.574, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana DEYANIRA DEL VALLE VILLEGAS UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° V.-12.122.444, en contra de la Decisión dictada por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia Estadal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado la Guaira, mediante la cual en fecha 07 de marzo del año en curso; dictó la Medida De Privación Judicial Preventiva De Libertad en contra del referido ciudadano, 236 numerales 1°, 2° y 3° y 237 numerales 2° y 3°, todos de nuestra Norma Adjetiva Penal, y POR CAUSA SOBR.....