REVISA, la medida cautelar contemplada en el literales "G " del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño y del Adolescente como lo es la presentación de dos (2) fiadores que devenguen un salario mínimo de treinta (30) Unidades Tributarias y demás requisitos de ley acordada por esta Juzgadora al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y en su lugar mantiene las medidas cautelares sustitutivas contenidas en los literales del artículo presentaciones por ante este Despacho cada OCHO (8) DIAS; prohibición de acercarse al lugar de los hechos y la victima; prohibición de ausentarse de la jurisdicción del estado Vargas, "C, E, F, todo conforme a lo previsto en el artículo 264 ejúsdem, en concordancia con los artículos 19 y 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de lo antes dicho, se acuerda excluir la medida cautelar contenida en el "C, E, F , considera esta Juzgadora que las personas que conviven con el hoy imputado o sus allegados no tienen los recu.....