Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Dra. INGRID LORENZO, en su condición de Defensora Pública del acusado NELSON JOSE ESCALONA TREMARIA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.394.221 y en consecuencia ACUERDA EXTENDER LAS PRESENTACIONES PERIODICAS ANTE ESTE TRIBUNAL A CADA TREINTA (30) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código orgánico Procesal Penal, así mismo este Tribunal informa al acusado de marras que deberá cumplir con todas las medidas cautelares impuestas por este Despacho en fecha 28-11-2008, y en especial con el régimen de presentaciones impuesto por este Tribunal, so pena de revocar las medidas cautelares sustitutiva de libertad.