En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano COROCOL RODRIGUEZ RAMON VIRGILIO, de nacionalidad Venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 05 de Abril de 1974, de 25 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Ramón Virgilio Corocoll (v) y de Florencia Corocoll Rodríguez (f) domiciliado en Calle Taguao, Calle Principal N° 24, Vía La Salina Catia La Mar Estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-12.119.288, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.