Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda modificar las medidas cautelares impuestas el 18/07/2013 en la presente causa al ciudadano, a los fines del posible cumplimiento de la medida de coerción, dejando sin efecto los fiadores exigidos, manteniéndose vigente la medida contenida en el numeral 3º del artículo 242 eiusdem.