La apoderada judicial de la parte demandada, manifiesta que el demandante ANDRES JOSE ROJAS, interpuso demanda en contra de la entidad de trabajo demandada, en este Circuito Judicial en fecha 22 de enero de 2014, (Exp. WP11-L-2014-000022), celebrándose el inicio de la Audiencia Preliminar en fecha 20/05/2014, quedando desistida en esa oportunidad, por la incomparecencia de las partes, e interpuso nuevamente la presente demanda en fecha 25/06/2014, no habiendo transcurrido el lapso establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para poder ejercer nueva demanda, razón por la que solicita que se declare el desistimiento de dicho extrabajador en la presente causa, a continuación, la ciudadana Juez verifica dicha información, y el apoderado judicial de la parte accionante reconoce la situación planteada, por lo que procede a desistir del procedimiento relativo al extrabajador ROJAS ANDRES JOSE, y el Tribunal homologa el presente desistimiento en los términos expuest.....