DECLARA SIN LUGAR la demanda de REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR intentada por el ciudadano JHONATHAN JESUS AGUILERA BERRIOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-18.536.870, actuando en nombre y representación de sus hijos, los niños XXXXXXXXXXX, de seis (06) años de edad y siete (07) meses de nacido, en contra de la ciudadana YORKIS DINORAH GOMEZ TORRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-14.568.330. En consecuencia, se ratifica el acuerdo suscrito por los mencionados ciudadanos, debidamente homologado en fecha 31 de marzo de 2.008 por la Juez Unipersonal N°.02 de este mismo Tribunal, el cual fue resuelta por las partes de la siguiente manera: PRIMERO: El padre podrá visitar a sus hijos de lunes a viernes las veces que sean necesarias previa comunicación con la madre de sus hijos. SEGUNDO: El padre podrá visitar a sus hijos los fines de semana en forma alterna y podrá llevar.....