Vista la demanda de Colocación en Entidad de Atención, a favor de la a favor de la niña, de seis (06 ) años de edad, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 127 y 177, parágrafo tercero literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la MEDIDA DE ABRIGO EN ENTIDAD DE ATENCION a favor de la niña y en su lugar se DECRETA MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN a ejecutarse en el Centro Integral de Atención de Niñas y Adolescentes, (CIANA), ubicada en la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas, por lo que se ordena el egreso de la mencionada niña de la Casa Hogar Doña Nieves Elena Blanco de Rivero; y en virtud de la necesidad del caso para garantizar la protección integral de la niña, a través de la garantía de su derecho de ser cuidada, nivel de vida adecuado, derecho a la salud, entre otr.....