Por las razones antes expuestas, este Juez Unipersonal N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YUSMARY DEL CARMEN OCANTO GONZALEZ y EDDY LEONARDO MARIN COBEÑA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-16.380.663 y E-81.873.907 respectivamente, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho TEOFANES VEGA CONTRERAS, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 93.242, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos YUSMARY DEL CARMEN OCANTO GONZALEZ y EDDY LEONARDO MARIN COBEÑA, en fecha 06 de Noviembre de 1996, por ante la Prefectura del.....