"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos solicitud a la cual se contraen las presentes actuaciones, suscrita por los ciudadanos HILDA VALERIA GANDICA RANGEL, FERNANDO LUCIDIO LOZADA GANDICA y AIDA MORENO DE LOZADA, venezolanos, divorciada la primera, casados el restante, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.473.156, V-9.358.637 y V-10.851.211, en su orden respectivo, domiciliados en la Palmita, Municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente capaz, firmado en fecha 17 de enero de 2025, pues las solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), del día de hoy viernes veinticuatr.....