Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la medida de secuestro solicitada por la parte querellante ciudadano RAMÓN ANTONIO NÚÑEZ CASTILLO, supra identificado. Así se decide.