este Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana SILENIA TRINIDAD RODRÍGUEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.048.195, respecto al De-cujus JOSÉ GONZALO CORREDOR NIÑO, ex titular de la cédula de identidad N° V-3.430.387, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.