en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud formulada por la ciudadana MARIELA JOSEFINA GUTIERREZ PATIÑO, titular de la cédula de identidad V-20.783.776, en su condición de progenitora del imputado CARLOS EDUARDO GUTIERREZ PATIÑO, por no tener cualidad para solicitar la revisión de la medida de coerción personal, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.