se acuerda librar Orden de Detención a nombre del ciudadano JHOAN RAMON FLORES, titular de la cédula de identidad N° V- 13.671.144, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 406 del Código Penal.