Declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO de demanda laboral por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales, presentada por el ciudadano CARLOS MARTÍN CONTRERAS CHONA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N.º V.-30.202.063, en contra de la sociedad mercantil ESTACIÓN DE SERVICIO CRISTO REY C.A., con R.I.F. N.° J09024358-5, representada por el ciudadano ALVARO ENRIQUE PAREDES PEÑA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N.° V.-5.024.878, por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, en consecuencia, se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento presentado por el actor conforme al contenido del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, con efectos de sentencia con carácter de cosa juzgada, por ello, se ordena el cierre y el archivo definitivo del presente expediente, ya que no hay más actuaciones por realizar.
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