DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de REVISIÓN DE .OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoado por el ciudadano JHONNY GERARDO VERA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.997.527, en contra de la ciudadana LISSETT MARITZA PIÑA TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.056.132.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En Maiquetía, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR,
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