DISPOSITIVA
Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Vargas, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara la competencia de esta Corte de Apelaciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 4, 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así como de la sentencia Nro. 1, del 20 de Enero del 2000 (caso: Emery Mata Millán), emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para conocer la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesto AYARI DEL VALLE VALDERRAMA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-20.006.693, en su carácter de imputada y concausa del ciudadano imputado ELIZAUD ALBERTO IRIARTE PADRÓN, titular de la cédula de identidad N° V-19.272.159, en la causa penal principal N.....