CONDENA al ciudadano RONNY VAN DEN HOEK, quien es de nacionalidad Holandés, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, profesión u oficio Vendedor y Titular del Pasaporte de la Comunidad Europea No. NC13238805, residenciado en Hugomolenaar, Sttaar 27-A, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Igualmente se le condena a cumplir la pena accesoria de ley establecidas en el artículo 60 ordinal 1 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que implica la expulsión del Territorio de la República Bolivariana de Venezuela, una vez que cumpla la condena. Y ASI SE DECIDE.
TERCERO: Igualmente se exime del pago de las costas procésales de conformidad con lo establecidos en los artículos 26 y 254 de la Constitución Bolivariana de .....