PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de fecha: 22/09/14 realizada por la Abg. YAMILET CONTRERAS, Defensora Pública Cuarta Adscrita a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Vargas, mediante la cual pide la Sustitución de la Medida de Detención Judicial, establecida en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por una menos gravosa, impuesta en fecha: 02/09/14 al adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO bajo la figura delictiva de Autor Material Inmediato o Directo, previsto en la primera hipótesis normativa del artículo 83 del Código Penal Venezolano, en relación con los artículos 455 en concordancia con el 458 ibidem, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, establecido en el artículo 112 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas y Municiones, atribuido al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, identificado ut-supra, cometido en perjuicio de la ciudadana BARRENO ROJAS ANDREINA .....