Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado CARLOS LUIS VEGAS QUINTERO, por un tiempo de CINCO (05) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, que resulta del tiempo que le falta por cumplir de la pena que corresponde a DOS (02) AÑOS Y OCHO MESES, con un aumento de la 1/3 parte, que son UN (01) MES, VEINTICINCO DIAS (25) DIAS Y OCHO (08) HORAS, lo que da un total de SIETE (07) MESES, ONCE (11) DIAS Y OCHO (08) HORAS, que corresponde el tiempo CONVERTIDO EN CONFINAMIENTO POR EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA, hasta la fecha 05 DE JUNIO DE 2008 CON OCHO (08) HORAS, fecha en la que culminara la pena principal, de conformidad con lo establecido en los artículos 20, 52, 53 y 56 to.....