PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud por AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana THANIA VIANEY ACEVEDO BARAJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.973.112 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; contra el ciudadano RAMON SABINO IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.209.984 y con domicilio en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs.250,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario a partir del mes de Noviembre, en la cuenta de ahorros correspondiente.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, la niña continuará disfrutando del ticket para útiles escolares que en el mes de octubre le otorga el empleador.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada navideña se mantiene la cuota de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs......