DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JEAN FRANK ARIAS FIGUEROA, de nacionalidad Venezolana, Caracas, fecha de nacimiento 11 de abril de 1969, de 36 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio conductor, hijo de Ligia Figueroa (v) y José Arias (v), titular de la cédula de identidad N° V-10.279.254 y residenciado en: San Francisco de Yare, barrio los añiles, calle Bicentenario, casa N° 3, valles del Tuy, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en los artículos 409 en relación con el ultimo aparte del Código Penal. Así mismo se ordena la aplicación del procedimiento ordinario de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 280 en relación con el último aparte del artículo 373 ejusdem.