DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Henry Sánchez, en contra de la sentencia dictada en fecha 19 de octubre del año 2004 por el Juzgado Segundo Unipersonal de Juicio Circunscripcional, mediante la cual acordó condenar al ciudadano JESÚS ENRIQUE VARELA VELÁSQUEZ, ya identificado, a cumplir la pena de QUINCE AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello por considerar que no están dadas las circunstancias denunciadas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado en los términos expuestos por el Tribunal de la recurrida.