éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana YNES MARIA BENITEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.429.456, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-406-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año dos mil dieciocho (2018). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ
ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 10:00 a.m, se publicó y registro la an.....