En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de manutención suscrita entre las partes MARIA ADELITA PULIDO ZAMBRANO y NELSON ENRIAUEZ GUTIERREZ CARRERO inserta en el folio (f. 02), por ante la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 09 de Marzo de 2010, donde el padre fijo el monto de la Obligación de manutención para sus hijos el adolescente YORMAN ENRIQUE y la niña MARIA YORNEDY, en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) mensuales, y a cubrir el 50% de los gastos de medicinas, vestuario, calzado y cualquier otro que tenga el Adolescente y la niña antes mencionado .....